Antes de pasar al Senado, la ley que busca incentivar la presentación de bandas nacionales en eventos de más de tres mil personas fue aprobada por 95 votos a favor y una abstención.
Según informó el portal Recital.cl, el texto legal, que ahora debe pasar a la Cámara del Senado para su aprobación final, considera como evento y concierto masivo todo aquel que concite más de 3.000 personas, excluyendo a festivales y celebraciones efectuadas por municipalidades.
Estos son los requisitos que deben cumplir los conciertos y/o eventos musicales. La multa por no cumplirlos va desde las 50 a las 100 UTM, según explicó el mismo portal.
Según Terra.cl:
- En los casos de preventa de entradas dirigida a un público exclusivo o preferencial, por un tiempo determinado, sólo podrán venderse por este medio un porcentaje de entradas no superior al 50% del total de entradas puestas a disposición para la venta.
- El recinto donde se realice el evento o concierto deberá contar con espacios reservados para personas en situación de discapacidad auditiva y con movilidad reducida, ubicados en áreas que cuenten con visibilidad y comodidad adecuada.
- Los conciertos y eventos musicales masivos de artistas extranjeros acogidos al beneficio de la exención de IVA a las entradas, deberán contemplar la participación de al menos un telonero chileno. “Para efectos de esta ley se entiende por telonero al artista o agrupación artística que ejecuta un acto, show o espectáculo musical a modo de preámbulo o en forma accesoria a un espectáculo musical protagónico de un artista o agrupación artística”.
- Las empresas productoras de la organización deberán ser responsables de la limpieza y aseo que deben ejecutarse después de realizado el espectáculo.